12 de junio – Día Mundial contra el Trabajo Infantil: Políticas públicas de protección de niñas, niños y adolescentes para prevenir y erradicar el trabajo infantil

10 de junio de 2022

En 2002, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), declaró el 12 de junio como Día Mundial contra el Trabajo Infantil para visibilizar la grave situación de los niños, niñas y adolescentes expuestos al trabajo y la explotación. Ya en 1999, la misma OIT había adoptado en Ginebra el Convenio N° 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil.

En 2021, las Organización de las Naciones Unidas promovió el Año Internacional para Eliminación del Trabajo Infantil, con el compromiso de los Estados a trabajar, en sus países y de forma conjunta, para prevenir y erradicar el trabajo infantil. Todo en conformidad de la meta 8.7 Objetivos de Desarrollo Sostenible que expresa: «Adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, de aquí a 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas».

Esta iniciativa también responde al hecho de que la pandemia de COVID-19 ha generado un retroceso en el logro del objetivo planteado por Naciones Unidas. Según el informe conjunto de la Organización Internacional del Trabajo y UNICEF realizado en 2021, los casos de trabajo infantil en el mundo se elevaron a 160 millones, al alza por primera vez desde hace dos decenios. Los niños niñas y adolescentes de 5 a 17 años que realizan trabajos peligrosos, ha aumentado en 6,5 millones desde 2016, hasta alcanzar 7.9 millones. Además, más de 9 millones de niñas, niños y adolescentes se encuentran en situación de riesgo debido a la pandemia de COVID-19.

En el ámbito regional, la lucha por la prevención y erradicación del trabajo infantil también tiene su historicidad. En 1998, los Estados Partes del MERCOSUR se posicionaron contra el trabajo infantil en el artículo 6 de la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR. En 2002 los Estados ratificaron este compromiso en la “Declaración de Presidentes Sobre Erradicación del Trabajo Infantil en los Países del MERCOSUR”, donde se plantean fortalecer los Planes Nacionales de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil. Ya en 2004, Argentina, Brasil Paraguay y Uruguay habían ratificado los convenios 138 y 182 de la OIT sobre el trabajo infantil.

Posteriormente, en el 2006 se aprobó el Plan Regional Para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en el MERCOSUR para promover y articular políticas públicas en este sentido y en 2012, los presidentes reiteran su compromiso en la segunda “Declaración Presidencial sobre Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil”.  En 2015, se mancan dos nuevos hitos, en el marco de la XLVIII reunión ordinaria del Consejo del Mercado Común (CMC), se acordaron una serie de recomendaciones para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Trabajo Adolescente, en el MERCOSUR, y se realiza la segunda Declaración Sociolaboral del MERCOSUR que en su artículo 9 amplia el posicionamiento sobre la  “Prevención y erradicación del trabajo infantil y protección al trabajador adolescente”.

Desde el Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH) se continuó con esta misma línea de trabajo y desde 2016 se han elaborado varios documentos e investigaciones sobre la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes migrantes quienes están particularmente expuestos al trabajo infantil. Entre ellos, se pueden encontrar: Derechos humanos de la niñez migrante (2016), Guía Regional del MERCOSUR para la Identificación y Atención de Necesidades Especiales de Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes (2017),  Niños, niñas y adolescentes a través de las fronteras del MERCOSUR (2017), Protección de niños, niñas y adolescentes en contextos de migración. Manual de aplicación de estándares internacionales y regionales de derechos humanos (2019).

Todo lo anterior expresa el histórico compromiso del MERCOSUR en lo concerniente a la problemática del trabajo infantil. Sin embargo, a partir del contexto pandémico, los países del MERCOSUR vuelven a enfatizar sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes. En este sentido, en el marco de la XXXV Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADH) aprobaron la Declaración de Asunción sobre la Promoción y Protección de los Derechos Humanos en Situación de Pandemia de COVID-19, advirtiendo las graves consecuencias de la pandemia en los derechos humanos y reiterando el compromiso de los Estados para la protección y garantía de los derechos de personas en situación de vulnerabilidad, entre ellas niños, niñas y adolescentes.

Este 12 de junio de 2022, el IPPDH destaca la importancia de seguir avanzando en políticas públicas para prevenir y erradicar el trabajo infantil, teniendo en cuenta que el actual contexto regional y mundial de la pospandemia indican que es necesario redoblar esfuerzos para garantizar a niñas, niños y adolescentes sus derechos y un desarrollo pleno.

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